Reglamento

REGLAMENTO

Para que la Biblioteca Escolar brinde sus servicios de la mejor forma posible, es necesaria la colaboración de los usuarios, a través del conocimiento y cumplimiento de las siguientes normas:

  • 1.- La Biblioteca «José Hernández» de la Escuela Técnica N° 21 DE 10, está a disposición de todos los alumnos cualquiera sea su condición (regular, libre u oyente), como así también de todo el personal docente y no docente.
  • 2.- El salón de la Biblioteca es un espacio para la lectura, el estudio y la investigación, debiendo guardarse SILENCIO Y RESPETO hacia los usuarios presentes.
  • 3.- El usuario que retire material para su uso dentro del Establecimiento, será responsable del mismo y deberá devolverlo a la Biblioteca, en las mismas condiciones en que lo retiró, al finalizar la hora de clase y 10 minutos antes, de la hora de cierre de la Biblioteca.
  • 4.- Al momento de retirar un libro, el usuario verificará que no esté dañado o escrito; si así fuera, deberá comunicárselo a la Bibliotecaria pues está terminantemente prohibido dañar, sacar hojas o escribir (incluso con lápiz) las obras prestadas.
  • 5.- La prohibición de fumar dentro del Establecimiento, obviamente se hace extensiva, al ámbito de la Biblioteca, donde tampoco está permitido al usuario comer y beber, debiendo preservarse siempre las condiciones de higiene y limpieza.
  • 6.- Solamente los socios de la Asociación Cooperadora, podrán retirar material en préstamo a domicilio y son requisitos indispensables para solicitar un préstamo a domicilio:
    • Presentar el Recibo de la Asociación Cooperadora correspondiente al pago de todo el año escolar o a la última cuota mensual actualizada.
    • Registrar en la base de datos de la Biblioteca, sus datos personales, curso, turno, etc.
    • Presentar el cuaderno de Comunicados para asentar el préstamo, como así la devolución del material prestado (en el turno noche, sólo los alumnos menores de edad.)
  • 7.- Efectuado el préstamo a domicilio, el usuario dispondrá de un libro durante 3 días hábiles y al cuarto deberá devolverlo con la posibilidad de renovarlo, si el mismo no hubiera sido solicitado por otro usuario en cuyo caso deberá esperar su devolución.
  • 8.- Las obras literarias (cuentos, novelas, poesías, etc.)-exigidas en Castellano y  Literatura- podrán retirarse a préstamo por 15 días, pero no podrán ser renovadas de inmediato.
  • 9.- El usuario deberá cumplir puntualmente con la devolución de los libros retirados en préstamo a domicilio. Si por razones de fuerza mayor no pudiera hacerlo, deberá comunicarse con el Establecimiento para dar aviso a la Biblioteca.
  • 10.- Los préstamos a domicilio finalizan el 15 de Noviembre de cada ciclo lectivo. Por lo tanto, todo alumno que tenga en su poder material de la Biblioteca, deberá devolverlo antes de esa fecha.
  • 11.- La Biblioteca se reserva el derecho a no efectuar préstamos a domicilio, de las obras o libros de Referencia (Guías, Manuales, Enciclopedias, Diccionarios, Atlas, etc.) y de aquellos de los que sólo existe un ejemplar o son de consulta frecuente en el salón.

SANCIONES:

  • Por pérdida, destrucción total o parcial, extravío o robo de material: El usuario deberá reemplazarlo por otro similar y hasta la reposición del mismo, no podrá hacer uso de la Biblioteca. Se recuerda la vigencia del Art. 184 del Código Penal.
  • Por demorar en las devoluciones: Si excede los 3 días hábiles establecidos, el usuario no podrá hacer uso de la Biblioteca por el término de 15 días a contar desde la fecha en que debió devolver el material prestado. En caso de reiterarse esta falta, la suspensión será de 30 días
  • Por retener material en su poder durante los recesos de invierno y verano: El usuario perderá todo derecho al uso de los servicios de la Biblioteca durante 30 días.



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